Reglamento REACH: sustancias y productos

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La Unión Europea se ha fijado el objetivo de minimizar los efectos negativos significativos sobre la salud humana y el medio ambiente causados ​​por la producción y el uso de productos químicos. Una de las medidas contra tales efectos es el reglamento REACH. Si opera en el EEE (Espacio Económico Europeo) como productor o importador de bienes que en conjunto contienen una tonelada o más de sustancias químicas (por año), debe registrarlo en la base de datos REACH. Se aplica a una amplia variedad de productos, desde juguetes hasta textiles y dispositivos electrónicos. Solo se pueden poner en circulación y utilizar sustancias registradas.

Reglamento REACH

Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo introduce normas para el registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos (REACH), establece una Agencia Europea de Productos Químicos. Modifica la Directiva 1999/45 / CE y deroga el Reglamento (CEE) no 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) no 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769 / CEE del Consejo y las Directivas 91/155 / CEE de la Comisión, 93. / 67 / CEE, 93/105 / CE y 2000/21 / CE. El reglamento entró en vigor el 1 de junio de 2007. Los proyectos que implementan REACH se denominan PIR.

El acrónimo REACH proviene de las primeras letras de las principales acciones relativas al reglamento: Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas. En resumen, REACH establece los procedimientos para recopilar y evaluar información sobre las propiedades y peligros de las sustancias y sus mezclas.

¿Dónde están las sustancias REACH?

El Reglamento REACH afecta a la mayoría de las empresas del Espacio Económico Europeo (EEE). Incluye sustancias químicas observadas en:

  • pinturas, barnices,
  • ropa y textiles,
  • joyas,
  • dispositivos electrónicos,
  • productos de limpieza,
  • productos de plástico,
  • materiales de construcción,
  • máquinas,
  • muebles,
  • y otros.

El reglamento no cubre las sustancias (siempre o en algunos casos):

  • bajo control aduanero o en tránsito, almacenados temporalmente en zonas francas o depósitos francos,
  • peligrosos y sus mezclas, transportados por ferrocarril, carretera, vías navegables interiores, transporte marítimo o aéreo,
  • utilizado para investigación y desarrollo,
  • radiactivo (Directiva 96/29 / Euratom del Consejo),
  • obtenidos de la naturaleza (si no son peligrosos y no han sido modificados químicamente),
  • Productos médicos,
  • productos cosméticos,
  • desperdicio.
LABAQUA | Mantener y mejorar: siguiente etapa en la aplicación del Reglamento  REACH

¿Quién debe registrarse en la base de datos REACH?

Mencionamos que el Reglamento (CE) nº 1907/2006 se aplica a los importadores y productores que importan o fabrican al menos una tonelada de sustancias químicas por año. El reglamento también se aplica a otras actividades comerciales. El reglamento REACH se aplica a su negocio si:

  • un fabricante, lo que significa que produce productos químicos en el territorio de la Comunidad,
  • un importador, lo que significa que compra (fuera de la UE) sustancias químicas individuales y sus mezclas o productos terminados que contienen dichas sustancias (muebles, ropa, productos de plástico, etc.) para revender los productos,
  • un distribuidor, lo que significa que almacena y comercializa productos químicos o mezclas de productos químicos,
  • un usuario intermedio: significa que utiliza productos químicos y sus mezclas en su trabajo o proceso de fabricación. El consumidor no es un usuario intermedio.

Cada actividad empresarial está relacionada con diferentes responsabilidades. El fabricante y el importador que registren sustancias en la base de datos REACH también deben informar al Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) sobre cómo utilizarlos de forma segura. Las obligaciones de REACH no se aplican a los fabricantes de fuera de la UE, pero sí a sus representantes. El usuario intermedio de productos químicos debe tomar medidas de gestión de riesgos y comunicar información de seguridad a proveedores y clientes. No hay obligación de registrarse. Los distribuidores proporcionan información en ambas direcciones a lo largo de la cadena de suministro (fabricantes y clientes).

Puede familiarizarse con todas sus obligaciones utilizando el Navegador herramienta.

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¿Cómo funciona REACH?

El reglamento establece reglas relacionadas con:

  • obligatorio registro si la empresa tiene la intención de importar o fabricar una tonelada o más por año de una sustancia química en particular. Para registrar las sustancias, una empresa debe cooperar con otras que registran la misma sustancia. En otras palabras, los fabricantes e importadores de la misma sustancia deben presentar un registro de forma conjunta,
  • evaluación de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA). Examina la información de los expedientes de registro, así como las propuestas de prueba, en términos de su necesidad,
  • autorización de determinadas sustancias de alto riesgo. Estos productos químicos deben reemplazarse por más seguros. alternativas,
  • restricciones de importación o producción, que pueden limitar o prohibir las sustancias si presentan un riesgo significativo para la salud o el medio ambiente.

La información sobre las sustancias y las regulaciones pertinentes se puede encontrar en el EUCLEF. Las sustancias también están incluidas en el reglamento REACH.

Hay tarifas aplicables al registrar una nueva sustancia química. El plazo para el pago de la tasa y su monto depende del tipo de presentación. Por ejemplo, las pequeñas y medianas empresas (PYME) reciben tarifas reducidas. La tarifa de registro puede alcanzar millones de euros. Sin embargo, el costo no incluye pruebas como HPLC, MS, IR y NMR. Lea sobre el pago en el Sitio web de la ECHA.

El registro en el sistema puede tardar varios meses.

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